martes, agosto 28, 2007

ACOSO EMPRESARIAL AL ACOSO SEXUAL

Se crea el primer servicio de investigación del acoso sexual en la empresa española

La agencia de detectives Método 3 adapta , por primera vez, en España el sistema de investigación norteamericano conocido como “Sexual Harassment Investigation “ y las medidas que la “Equal Employment Opportunity Commission “ y la jurisprudencia ha establecido en ese país.

La entrada en vigor de la Ley de Igualdad lleva aparejado que las empresas españolas pongan en marcha planes de prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo y se considera como infracción muy grave (multa de 90.000 €) cuando se produzcan dentro del ámbito a que alcanzan las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo del mismo, siempre que, conocido por el empresario, éste no hubiera adoptado las medidas necesarias para impedirlo.
La agencia de detectives Método 3 adapta , por primera vez, en España el sistema de investigación norteamericano conocido como “Sexual Harassment Investigation “ y las medidas que la “Equal Employment Opportunity Commission “ y la jurisprudencia ha establecido en ese país.

El sistema se basa en un doble aspecto:
1. Por un lado, facilita un sistema de comunicación anónimo para que los empleados que sufren el supuesto acto de acoso lo puedan denunciar de forma anónima y sin la presión de su dirección empresarial.
2. Por otro lado, ha creado un manual de gestión e investigación de dichas denuncias que permitirá a las empresas tomar medidas (en caso de ser cierta la denuncia) contra el trabajador y defenderse judicialmente en caso de demanda por despido improcedente.
Además, el Ministerio Trabajo destaca que como consecuencia de la entrada en vigor este año de la Ley para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede iniciar también procedimiento de oficio ante los Juzgados de lo Social, aunque no haya extendido acta de infracción, si se aprecia discriminación por razón de sexo, para que se desarrolle una actuación rápida de la jurisdicción social, dirigida a corregir la actuación empresarial y fijar, en su caso, indemnización para la trabajadora que la haya soportado. Por tanto, la empresa podrá defenderse de estas actuaciones demostrando que ha tomado las medidas necesarias para paliarlo.

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