lunes, febrero 22, 2010

Ley Marcelo: atribuciones nuevas y penas más duras

El proyecto de Ley Anticorrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz” conferirá mayores atribuciones a la Unidad de Inteligencia Financiera y Patrimonial (UIFP), que reemplazará a la actual Unidad de Investigaciones Financieras (UIF).

La UIFP dependerá del Ministerio de Economía. Su director será designado por el Presidente. No sólo investigará las cuentas bancarias, seguros, acciones o títulos de los sospechosos, sino que podrá actuar sobre la Oficina de Derechos Reales, los municipios y el registro automotor para indagar sobre sus bienes muebles e inmuebles.

Esta ley creará una estructura estatal contra este mal, que constará de seis organismos de reciente funcionamiento o de antiguos con nuevas atribuciones.

La labor de ubicar, investigar y procesar a los culpables o sospechosos de actos de este tipo será responsabilidad del Consejo Nacional de Lucha Anticorrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas.

Los otros cinco organismos son el Ministerio de Lucha contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito, la UIFP, tribunales y juzgados anticorrupción, la División de Lucha contra la Corrupción de la Policía y el Sistema Integrado de Anticorrupción y de Recuperación de Bienes del Estado (Siarbe).

El Consejo será compuesto por los ministerios de Lucha contra la Corrupción y Gobierno, la Fiscalía, la UIFP, la Procuradoría, la Contraloría y el Control Social. Elaborará el Plan Integral Nacional Anticorrupción (PINA).

El Consejo de la Magistratura designará en cada departamento a los jueces anticorrupción, mientras que la Policía establecerá la División de Lucha contra la Corrupción compuesta por investigadores especializados inamovibles, aunque sometidos a evaluaciones periódicas para mantenerse en funciones.

El Siarbe, dependiente del Ministerio de Lucha Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito, intercambiará información de todos los entes responsables de esta lucha para diseñar y aplicar políticas preventivas, represivas y sancionatorias, hará seguimiento a los procesos judiciales y verificará de oficio las declaraciones juradas de bienes y rentas.

10 nuevos tipos penales

• Los nuevos delitos, que serán incluidos en el Código Penal, serán el uso indebido de bienes y servicios públicos, enriquecimiento ilícito, enriquecimiento ilícito de particulares, favorecimiento al enriquecimiento ilícito, cohecho activo trasnacional, cohecho pasivo trasnacional, obstrucción de la justicia, falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas, financiamiento del terrorismo y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas por particulares.

•El proyecto de ley permite la inmediata incautación de bienes y activos de los investigados. Se levantará un inventario ante Notario. Durante la etapa preparatoria, el sindicado deberá demostrar la obtención o tenencia lícita de estos.

•El uso indebido de bienes y servicios públicos será penado con reclusión de cinco a 10 años; el enriquecimiento ilícito y el de particulares, con ocho a 12 años; el favorecimiento al enriquecimiento ilícito, cuatro a ocho años.

secreto bancario

El proyecto de ley establece que “no se podrá invocar secreto o confidencialidad en materia de valores y de seguros, comercial, tributaria, económica y financiera, cuando la Unidad de Inteligencia Financiera y Patrimonial, el Ministerio de Lucha contra la Corrupción, la Fiscalía o la Procuradoría requieran información para el cumplimiento de sus funciones; esta información será obtenida sin necesidad de orden judicial, requerimiento fiscal ni trámite previo alguno”.


No existirá confidencialidad en operaciones financieras realizadas por personas naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en procesos judiciales, en caso de que se presuma la comisión de delitos financieros, en los que se investiguen fortunas, delitos de corrupción y en procesos de recuperación de bienes del Estado.


Los servidores públicos, según el documento, podrán renunciar voluntariamente al secreto bancario. La renuncia quedará sin efecto cuando la persona concluya sus funciones en el Estado.


Las normas actuales establecen que la actual Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) puede requerir esta información a las entidades bancarias sin necesidad de que exista una orden de juez o un requerimiento de fiscal. La solicitud es libre de todo pago de valores judiciales o administrativos.



LAS PENAS SON MÁS DURAS

El principal proyecto de Ley “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, que impulsa el Movimiento Al Socialismo (MAS) contempla el endurecimiento de las sentencias contenidas en el actual Código Penal para los delitos cometidos en el ejercicio de la función pública.


• PECULADO: Apropiarse de dinero, valores o bienes de cuya custodia es responsable. PENA ACTUAL: 3 a 8 años. PROPUESTA 5 a 10 años


• MALVERSACIÓN Dar a los caudales que administra, percibe o custodia aplicación distinta a la que están destinados. PENA ACTUAL 1 mes a 1 año. PROPUESTA: 1 a 4 años


• COHECHO PASIVO PROPIO: Recibir ventajas, ofrecimientos o promesas a cambio de hacer o dejar de hacer actos propios de sus funciones. PENA ACTUAL 2 a 6 años. PROPUESTA: 4 a 8 años


• USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS: El funcionario público que directamente o por terceros, aprovechando sus funciones, obtiene ventajas o beneficios. PENA ACTUAL 2 a 8 años. PROPUESTA 4 a 10 años


• BENEFICIOS EN RAZÓN DEL CARGO: El funcionario público que admita regalos u otros beneficios en consideración a su cargo. PENA ACTUAL: 1 a 3 años. PROPUESTA: 3 a 6 años


• OMISIÓN DE DECLARACIÓN DE BIENES: El funcionario público que, estando obligado a declarar bienes y rentas al tomar posesión o días de dejar su cargo, no lo hace. PENA ACTUAL Multa de 30. PROPUESTA. Multa de 30


• NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES: El funcionario público que por sí, por terceros o por actos simulados obtuviere para sí o para un tercero el beneficio de un contrato, suministro, subasta u operación en que interviene en razón de su cargo. PENA ACTUAL: 1 a 3 años. PROPUESTA: 6 a 8 años


• CONCUSIÓN: El funcionario público que con abuso de su condición o funciones, directa o indirectamente, exigiere u obtuviere dinero o ventajas ilegítimas. PENA ACTUAL: 2 a 5 años. PROPUESTA: 4 a 8 años.


• EXACCIONES: El funcionario público que exija u obtenga las exacciones expresadas en el acápite interior para convertirlas en beneficio de la administración pública. PENA ACTUAL: 1 mes a 2 años. PROPUESTA: 2 a 4 años


• NOMBRAMIENTOS ILEGALES: El funcionario que proponga en terna o nombrare para un cargo público a una persona que no reúna las condiciones legales. PENA ACTUAL: Multa de 30 a 100 días. PROPUESTA: Multa de 1 a 3 años.


• PREVARICATO: El juez que en ejercicio de sus funciones dicte resoluciones manifiestamente contrarias a la ley. PENA ACTUAL: 2 a 4 años. PROPUESTA: 3 a 6 años. Si como consecuencia de ello se condenara a un inocente: PENA ACTUAL 3 a 8 años. PROPUESTA: 4 a 8 años.


• COHECHO PASIVO DE JUEZ O FISCAL: El juez o fiscal que acepte promesas o dádivas para dictar, demorar u omitir una decisión o fallos. PENA ACTUAL: 3 a 8 años. PROPUESTA: 3 a 8 años


• NEGATIVA O RETARDO DE JUSTICIA: El funcionario judicial o administrativo con jurisdicción y competencia, administrando justicia, retarde o incumpla los términos de los trámites, resoluciones o sentencia. PENA ACTUAL: 3 años. PROPUESTA: 3 a 6 años


• CONTRATOS LESIVOS AL ESTADO: El funcionario público que, a sabiendas, celebre contratos en perjuicio del Estado. PENA ACTUAL: 1 a 5 años. PROPUESTA: 6 a 12 años


• INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS: El particular que incumpla los contratos firmados por el Estado. PENA ACTUAL: 1 a 3 años. PROPUESTA: 2 a 6 años


CONDUCTA ANTIECONÓMICA: El funcionario público que cause por mala administración, mala dirección técnica u otra causa daños a patrimonio o los intereses del Estado. PENA ACTUAL: 1 a 6 años. PROPUESTA: 4 a 8 años.

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