- La paciente tuvo que acudir a un médico privado de Portugal.
- Allí la diagnosticaron un tumor en el pecho de seis centímetros.
- En La Paz la aseguraron que no tenía nada, a pesar de que el médico de cabecera la había detectado un bulto.
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El Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) ha sido condenado a indemnizar con 90.151 euros a una mujer por retraso en el diagnóstico que derivó en un cáncer de mama y como consecuencia en una mastectomía radical, ha informado hoy la asociación El Defensor del Paciente.
La historia de esta paciente, Clotilde R.F., se remonta a 1990, cuando fue diagnosticada por Radiología del Hospital La Paz de mastopatía fibroquística y se le programaron diferentes pruebas ginecológicas de seguimiento.
Más tarde, en marzo de 2000, se le realizó una mamografía que detectó pequeños nódulos en fase evolutiva, por lo que se le dio cita aunque para dentro de un año.
Entre tanto, en abril de ese mismo año, la afectada tuvo que acudir a Urgencias con mareos, náuseas, sudores fríos y visión borrosa, pero los médicos que la atienden concluyeron que su estado era bueno.
Posteriormente, en junio, fue otras dos veces más a Urgencias con los mismos síntomas hasta que se la dio cita para Neurología.
El 7 de julio de 2001 acudió a su médico de cabecera tras apreciarse un bulto en el pecho, aunque no se le dio cita hasta el 23 de agosto de 2001 con el especialista de patología mamaria.
Preocupada por el bulto detectado, la paciente acudió otra vez a Urgencias de La Paz antes de llegada la fecha de la cita, el 18 de julio, y, aunque fue explorada, le aseguraron que no se palpaban adenopatías.
Fue entonces cuando decidió acudir a un ginecólogo privado en Portugal que, el 7 de agosto de 2001, le indicó que la tumoración medía ya seis centímetros y que además tenía un nódulo en la mama izquierda y carcinoma ductal invasivo.
Dos años más tarde fue operada
A partir de ahí comenzó tratamiento con quimioterapia hasta que el 5 de enero de 2002 fue intervenida en Portugal de mastectomía radical.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid señala que "se desconoce qué hubiera podido pasar si a la recurrente se le hubiera atendido inmediatamente" pero que "lo cierto es que el retraso en el diagnóstico y posterior tratamiento de cáncer de mama ha producido una pérdida de oportunidad para el enfermo".
"Pérdida de oportunidad -añade- que aunque sea remota no puede quedar indemne".
Por ello, el Tribunal establece una indemnización de 90.151,82 euros para la paciente, de los cuales 60.059,73 euros son por daños morales por la angustia padecida y el resto por secuelas de mastectomía radical de mama izquierda, días de hospitalización, días de baja por tratamiento de quimioterapia y radioterapia, secuelas morfológicas y secuelas psicológicas.
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