Esa puntualización del Ministerio de Sanidad zanja la polémica con la Unión de Profesiones e Industrias de la Hostelería (UNMIH) sobre la interpretación de los decretos de aplicación de la ley de noviembre de 2006. Según el servicio jurídico de la UNMIH, la ley se aplica sólo desde el 2 de enero para los citados establecimientos. El 1 de febrero de 2007 entró en vigor la ley que prohíbe fumar en los lugares públicos cubiertos, pero previó un período de transición hasta el 1 de enero de 2008 para los aproximadamente 280.000 bares, restaurantes, casinos y discotecas del país.
Elevadas multas económicas
Hace unos días, la ministra de Sanidad, Roselyne Bachelot, había advertido a los fumadores de que, si después de la tradicional cena de Nochevieja querían tomarse un café en el bar del barrio, no podrían fumar allí. Ahora el Ministerio dejó claro que no habrá controles el 1 de enero, controles que a partir del día 2 pueden acarrear multas de entre 68 y 450 euros para el fumador que viole la ley, y de entre 135 y 750 euros para el empresario que no la haga cumplir. Preocupados por la caída de su volumen de negocios, que evalúan entre un 20 y 30 por ciento al menos durante los primeros meses, los profesionales se preguntan cómo conservar a sus clientes fumadores sin exponerse a las multas.
Así, bares y restaurantes apuestan por las terrazas, en las que sí se podrá fumar siempre y cuando no estén cerradas: al menos uno de los dos costados, la parte delantera o el techo deberá estar abierto. Los establecimientos también podrán equiparse con fumaderos -cabinas herméticamente cerradas, con puertas automáticas y una potente ventilación propia, en las que no podrá haber prestaciones, para combatir también el tabaquismo pasivo-, pero los costes son prohibitivos, en palabras de la UNMIH.
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